5.º Las puertas de emergencia deberán sincerarse hacia el extranjero y no deberán estar cerradas, de forma que cualquier persona que necesite utilizarlas en caso de necesidad pueda abrirlas manejable e inmediatamente. Estarán prohibidas las puertas específicamente de emergencia que sean correderas o giratorias. This website uses cookies to improve https://borisz221ukb0.ssnblog.com/profile