ARTÍCULO 422. El diámetro de los tambores que empleen los aparatos para izar no será menor de treinta veces el diámetropolitano del cable o 450 veces el diámetro del alambre que forma el cable. Para evitar que los dedos, el pelo o la ropa de los operarios sea atrapada, https://mediciones-higienicas-bog07272.blog2freedom.com/33659258/especializacion-en-mediciones-higienicas-para-tontos